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domingo, 12 de junio de 2011

Se jodió España. El tribunal Supremo da Vía libre a la pornografía infantil bajo Sentencia

EL COMPLOT EN FAVOR DEL ABUSO SEXUAL A NIÑOS AVANZA
Y con él el turismo sexual infantil en España

Nueva doctrina del Supremo

COMPLOT EUROPA

Pedofilia 2011 Terrorismo
INTERIOR
Decenas de pederastas podrían quedar sin castigo por una nueva doctrina del Supremo
El alto tribunal dictamina que no vale como prueba para condenar la «huella informática» de haber descargado pornografía infantil, sino que es indispensable encontrar los archivos físicos con las imágenes.
Decenas de pedófilos, si no cientos, podrían quedar sin castigo y la lucha policial contra la pederastia en internet amenaza con desmoronarse en breve como un castillo de naipes. Una sentencia del Supremo que fija la doctrina sobre este asunto ha encendido todas las alarmas. El alto tribunal revocó la condena a un sospechoso de pedofilia detenido en una de las más importantes redadas contra la pornografía de menores en la red porque la Policía pudo probar que se descargó decenas de archivos pedófilos de extrema dureza, pero no que estuviera en «posesión» de ellos en el momento de su arresto.
La nueva doctrina del Supremo establece que no es delito ver o descargarse esos archivos pederastas si éstos no se guardan por un tiempo mínimo en el disco duro, condición necesaria para que haya un ilícito de posesión. Una nueva premisa que, según los especialistas de la Policía, se va a convertir en una verdadera pesadilla para lucha contra estos delincuentes que, obviamente, se guardan muy mucho de almacenar esas imágenes en sus ordenadores y prefieren la consulta 'on-line'.
El Supremo absolvió a un sospechoso detenido en Tarragona en junio de 2006 en una de las más conocidas redadas contra redes pedófilas en las que la Brigada de Investigación Tecnológica, coordinada por 18 juzgados diferentes de toda España, detuvo a 21 personas acusadas del intercambio de «miles» de archivos con imágenes de extrema dureza con niños, e incluso lactantes, como protagonistas forzados.
La Policía llegó al individuo ahora absuelto, como al resto de los detenidos, a través de la pista de un vídeo de una menor que se difundía en la red. Como cada vez es más habitual, en los discos duros del detenido no se encontraron físicamente ni el archivo de la niña ni ningún otro de contenido pederasta. Pero a través de varios sofisticados programas, los especialistas de la Brigada de Investigación Tecnológica consiguieron recuperar la llamada «huella informática», un vestigio que siempre queda en los ordenadores de los archivos descargados, aunque éstos sean borrados.
Los agentes lograron presentar como primera prueba esa huella, un pequeño fotograma del vídeo recuperado de un primer ordenador, que tenía instalado un programa de intercambio de archivos en red.
Multitud de archivos
Además, en otra CPU hallaron otras 33 «huellas informáticas» -de nuevo fotogramas sueltos- de otros tantos archivos conocidos por la brigada especializada, cuya descripción, contenida en la sentencia, es sobrecogedora, y que habían sido convenientemente mandados a la 'papelera' del escritorio y posteriormente cancelados. En una tercera memoria, en este caso de un portátil y en el que no había instalado un programa de intercambio de archivos, aparecieron las «huellas» de otros 22 archivos de contenido sexual con niños y bebés.
Esas pruebas, todas «huellas informáticas», sirvieron para conseguir una condena en la Audiencia Provincial de Tarragona en junio del pasado año, pero no en el Supremo, ante el que el acusado recurrió en casación y al que el alto tribunal dio la razón. El origen de la absolución viene motivado por la forma en la que está redactado el propio artículo 189 del Código Penal, que castiga con hasta cinco años de cárcel la «posesión, producción, venta, distribución, difusión, exhibición, ofrecimiento o facilitación» del material pornográfico, pero no su descarga o visionado.
Y, según la sentencia, la «huella digital», el único rastro recuperable con la tecnología policial actual, solo prueba la descarga del archivo sin revelar cuánto tiempo estuvo almacenado.
El Supremo asegura que, sin otras pruebas adicionales, solo se puede hablar de una «posesión fugaz», un concepto insuficiente para una condena en aplicación del principio 'in dubio pro reo'. Abre además la posibilidad de que el acusado, por una fatalidad, descargara por error o por fatalidad esos 55 archivos diferentes en diversos ordenadores y que, al comprobar su contenido, procediera a cancelarlos de inmediato, como sostiene el recurrente, de todas sus computadoras, alguna de las cuales ni siquiera tenía instalado un programa de intercambio de archivos con otros usuarios.
Echa por tierra
El Supremo echa por tierra el valor de la «huella digital» ante los tribunales a partir de ahora. ¿La razón? La huella en realidad «únicamente son fotogramas residuales obtenidos tras la operación de recuperación del material grabado y borrado posteriormente» y tampoco sirve para precisar el «momento concreto de la descarga, o bien el lapso temporal en que fueron poseídas las imágenes que fueron ulteriormente recuperadas». Como la «huella» -insiste el fallo- tampoco determina la fecha de la descarga, no hay forma de conocer si el delito ha prescrito, por lo que, una vez más 'in dubio pro reo', no puede ser una prueba de cargo.
«No existe ni una fecha ni otro dato temporal, por lo que hemos de concluir que, al desconocerse la fecha de la incorporación -por el procedimiento que sea- de los archivos citados, y del borrado de los mismos, ha de inferirse, en beneficio del reo, que tal descarga o traslación a los cuerpos de almacenamiento del sistema informático pudieron ser tan fugaces, que durasen el tiempo correspondiente a su visionado y posterior destrucción, o bien el traslado a la papelera de reciclaje, o en fin, pudieron incorporarse en tiempo pasado, de manera que la acción estaría ya prescrita», zanja el Tribunal Supremo, que certifica que «ha de distinguirse entre visionar y poseer». Lo primero, según el actual Código Penal, no sería delito.

jueves, 20 de mayo de 2010

Resultado de la pederastia y pedofilia. Dos bebés muertos en España.

Y qué? El supremo muerto de risa dando repartiendo penas de multa como premio a depredadores sexuales?
Adelante, sigan, que el panorama se les irá aclarando, cuando de las manos se les salga el problema y la justicia se la tome la sociedad por sus manos, entonces comprenderán el valor de la vida de un niño.
Se convierte España en el refugio de los criminales sexuales?
 Esto sucederá por la permisividad y la tolerancia con estos fenómenos "boylover y girllover".
Y meneame.net, la verguenza ibérica, la noticia no pasó a mayores, los activistas pedófilos se dan sus mañas para manipular las noticias y la administración bajo cuerda manda, manda mal pero manda...

Noticia relacionada: Madre mata sus hijos para que no se los quiten
Fuente original: El país.com
R. C. / J. G. B. - Girona / Barcelona - 20/05/2010
El padre de uno de los dos niños asesinados el martes en Lloret de Mar (Girona) es Martin Anthony Smith, de 45 años. El hombre, de origen británico, fue detenido en Barcelona el pasado 7 de mayo acusado de 13 delitos de agresiones sexuales a menores. Smith llevaba dos años huido de la justicia inglesa y vivía en Barcelona con la madre de los menores, Lianne Ross-Smith, de 43 años. Ambos mantenían una relación sentimental y vivían con las dos víctimas en Barcelona, según fuentes del caso.
La mujer expresó su temor de que le retiraran la custodia de los niños
Ross-Smith permanece detenida en la comisaría de Blanes, en Girona, acusada de la muerte de sus dos hijos, un bebé de un año y una niña de cinco. La mujer fue detenida el martes a las dos de la tarde en Lloret de Mar. Ella misma avisó a la recepción del hotel Miramar de que algo les ocurría a sus hijos. Cuando los servicios sanitarios llegaron a la habitación 101 se encontraron los dos cadáveres sobre la cama. Los Mossos d'Esquadra barajan la hipótesis de que les asfixió con una bolsa de plástico. La mujer se autoinculpó en una nota, que, según apuntan medios británicos, explicaba que temía que le retirasen la custodia de los críos, después de la detención del padre.
Está previsto que la detenida pase mañana a disposición judicial. El juzgado de instrucción número 3 de Blanes decretó el mismo martes el secreto de sumario. La policía autonómica no ha aclarado qué delito se le imputa a la madre y está evaluando su salud mental.
Los cadáveres de los menores se encuentran en el Instituto de Medicina Legal de Girona, a la espera de que se les practique la autopsia, que aclarará la causa definitiva de la muerte de los niños. También se comprobará si los pequeños padecieron abusos sexuales. La mujer detenida tiene al menos otros dos hijos con de una pareja anterior.
Lianne Smith-Ross y Martin Anthony Smith huyeron juntos de Reino Unido a finales de 2007. No ha quedado esclarecido cuál fue su periplo, pero los últimos meses vivían en un piso en la ciudad de Barcelona. El 7 de mayo la policía autonómica detuvo a Martin Smith. Medios ingleses aseguran que las autoridades británicas buscaban a los tres y que el menor nació en la huida de la pareja. Smith formaba parte de una de las listas de los más buscados en Reino Unido.
Durante el tiempo que la pareja convivió en la ciudad catalana, el hombre apenas salía a la calle por miedo a ser descubierto, según fuentes cercanas a la investigación. Esas mismas fuentes apuntan a que la mujer sabía que el hombre estaba acusado de abusos sexuales a menores cometidos entre 1995 y 2005. Entre las víctimas, está supuestamente una hijastra del hombre, que ahora tiene 20 años. Aunque el núcleo familiar lo formaban Lianne, Martin y los niños, no está claro si la mayor de ellos, de cinco años, es hija biológica del presunto pederasta.
Martin llegó ayer al tribunal de Carlisle, la capital del condado de Cumbria (Reino Unido). Antes de la huida del hombre para evitar la ley en su país, había aparecido en la televisión local como adivino. La detención de Smith ha tenido enorme repercusión en los medios de Cumbria, donde incluso detallan las negociaciones de las autoridades inglesas para llevarle al país. El martes, coincidiendo con la muerte de sus dos hijos, el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno autorizó su extradición.
La muerte de las dos criaturas en un hotel de Lloret de Mar ha despertado un gran revuelo en esta localidad de la Costa Brava. Muchos medios británicos se desplazaron a la zona y algunos, incluso, se hospedaron en el mismo Miramar.
Los vecinos del barrio barcelonés del Guinardó, donde fue detenido el hombre y donde residía la pareja, aseguraron ayer que habían visto esporádicamente a Lianne pasear con sus hijos. Por las dificultades del idioma, la relación se limitaba a un hola y adiós. A Martin, sin embargo, no lo habían visto jamás.

martes, 13 de abril de 2010

Bolsa de Valores Pornografía Infantil. Capítulo II PTHC. Sexo duro con bebés.


Suben la acciones en favor de la infancia, la Audiencia Provincial falló, espero que El Tribunal Supremo, cuyas actuaciones sospechosas a raticos me dan verguenza y otras risa, no eche al suelo este fallo y deje al criminal libre, como el caso 2., que  verguenza, en vez de corregir las acciones de un investigador, resuelven dejar en libertad a un peligroso criminal,  dejando sin piso una sentencia que protegía las víctimas y poniendo en riesgo a la infancia de la cual se rodea, por eso es que estos depredadores son peores que terroristas, ahora quien le garantiza a la menor que estará segura? Tribunal o leyes de risa!?
Al ruedo de nuevo las redes P2P, la claridad que hacemos es que hay que limpiarlas y dejar de decir mentiras y hacer conspiranohias en contra de la Policía y la Guardia Civil! Indignado...
Actualidad:
1. Por Seis Años de prisión
** 230 archivos de pornografía infantil. tenencia y distribución de pornografía infantil agravado debido al carácter degradante y vejatorio de las imágenes.
** Brigada de Investigación Tecnológica del Cuerpo Nacional de Policía: las imágenes son “especialmente duras” puesto que en ellas se obliga a niñas a mantener relaciones sexuales con adultos con “prácticas equiparables a una violación”.
Fuente Original, El Dia de CIudad del Real De fecha 13/04/2010 Antonio C.C., de 54 años de edad y vecino de Ciudad Real
Cabe resaltar que no nos cansaremos de explicar ya que muy poca gente sabe, que es PTHC:  Pree teen hard core! Pornografía infantil dura y pura, de la más brutal que existe, incluye torturas, sexo con animales, introducción de objetos por genitales, maltratos y quizá muerte de niños, incluido BEBES!
Destacar en el fallo: Igualmente, no se ha apreciado ninguna circunstancia modificativa de su responsabilidad penal rechazando así la posibilidad de una atenuante de la pena, tal y como solicitaba el letrado de la defensa al alegar que su cliente sufría un trastorno sexual parafílico. “No padece ninguna enfermedad mental que aminore la comprensión de la licitud de la conducta que se le atribuye, sino que es plenamente consciente de ella a tenor del sentimiento de culpa que alberga sobre su comportamiento”, dice la sentencia.La Guardia Civil, incluso, le acusó de haber intercambiado esos archivos a través de la popular web de descargas E-mule. Sin embargo, la sala rechazó estas pruebas porque los agentes llegaron a su dirección IP gracias a la Fiscalía, que reclamó directamente al operador el nombre del usuario.

Antonio C.C. declaró el día de su juicio que nunca había elaborado ninguna de las imágenes ni las había enviado por correo electrónico, aunque sí reconocía que las guardaba para satisfacerse sexualmente y que le parecía “algo normal”.
Baja la credibilidad y la sensación de imparcialidad en la sociedad honesta:
2. Por Libertad por falla judicial!
** 435 archivos de menores desnudos, entre ellos fotos y videos en los que aparecía la hija su novia
Fuente Original: Diario de León.es 13/04/2010  El Supremo «blinda» las comunicaciones por Internet en una sentencia
Sólo los jueces podrán a partir de ahora pedir a las operadoras de Internet datos para identificar a los usuarios de la red a través de las direcciones IP, los carnés de identidad en la red. El Tribunal Supremo, por última vez, ha declarado válidas las pruebas recabada por un acusado de pederastia a pesar de que fue la Fiscalía, y no el juez, el que reclamó los datos de su ordenador a las operadoras. A partir de ahora, explica el alto tribunal, estará vigente el acuerdo del pasado febrero en el que Sala General acordó que será siempre imprescindible el visto bueno del instructor para saber qué usuario se esconde tras una dirección IP.

El caso revisado por el Supremo viene de la Audiencia Provincial de Álava que condenó en diciembre del 2008 a un vecino de Vitoria por posesión de pornografía infantil y le prohibió no acercarse a menos de 500 metros de la hija menor de edad de su pareja, fruto de una relación anterior. Sin embargo, el supuesto pederasta fue absuelto de las acusaciones de distribución de pornografía infantil, a pesar de que en su casa se encontraron 435 archivos de menores desnudos, entre ellos fotos y videos en los que aparecía la hija su novia.

domingo, 21 de marzo de 2010

El Supremo de España ."condecora" a Agustín R. C. por pornografía infantil


HA MOSTRADO ALGUNA PREOCUPACION EL SUPREMO POR ESOS NIÑOS Y NIÑAS?
Primero los victimarios, lo usual.......
Por la poseción de pornografía infantil, el TS de España concede premio de un año y medio de prisión, que al parecer ya ha pagado, pues su caso data de Julio de 2006; y concedido a un pedófilo ciudadano "ejemplar" de Pontevedra, sin tener en cuenta el agravante de su dignidad de EX-agente de la Brilat.
El tribunal Pontevedrés, lo condenó a cuatro años  y medio de cárcel, por poseción y distribución de pornografía infantil, claro, que este pedófilo ciudadano ejemplar, no sabía que la estaba distribuyendo!
Y como lo entiendo: es posible que el desconocimiento de las leyes exima del delito?
Esta es la opinión de: El ponente de la sentencia, el magistrado José Juan Ramón Barreiro Prado, hace constar expresamente que la "perversión y depravación" del material calificado de pornográfico es de tal magnitud que "hace imposible reprimir el enojo que producen los nombres de los archivos, la contemplación de las fotografías y la visualización de los archivos y videos" hallados en poder del acusado.
Pero el Supremo no tuvo en cuenta este minúsculo detalle.
El Señor Agustín R.C., ciudadano pontevedrés ejemplar, que desconocóa que estaba difundiendo la pornografía infantil que consumía y cuidaba con celo, estará libre, en horabuena!
SE HA HECHO JUSTICIA!
El precio: dolor, sangre y llanto de niños y niñas
 desconocidos en España...
Hagamos una fiesta, quizá invitemos a nanysex para que sirva de canguro mientras dure la velada, que con estas condenas ejemplares, a lo mejor le dan permiso con una manilla para poder localizarlo, quizá invitemos a Darzee y que se disfrace de payaso, y también al sacerdote capturado en Chile, para que les de la bendición, eso si, no se les olvide invitar muchos niños, si no, como diablos hacemos felices a estos ejemplares ciudadanos?
No tardará en demandar al estado por haber permanecido más tiempo del debido en la cárcel, pero, no queda si no saber quien es, donde vive, su cara, su nombre, pero com dice Joan por ahí, se muestra el rostro y los nombres de los terroristas, que se dice son peores que los violadores de niños, pero a estos, nada, hay que protegerles los derechos que ellos nunca han resptado con la población más vulnerable, los niños y niñas, ese tesoro llamado futuro, que va, para que mierdas? Mejor que los suelten todos a la calle; pasará el tiempo, quizá este se convierta en otro victimario, como en el caso Mariluz, entonces nos acordaremos con tristeza, habrá llanto y se desgarrarán la ropa, y nada pasará, seguirá la vida igual.......
Verguenza ajena, estos mal nacidos nunca cambian, seguirán siendo siempre los mismos cabrones abusadores, llámeseles como quiera llamarseles, pedófilos, pederastas o pornógrafos infantiles, siempre seguirán siendo los mismos y tendiendo a empeorarse; ya no se sabe quienes son más justos, si estos tribunales o el mismísimo papa Ratzinger con su hipócrita carta de arrepentiemiento.
SALVE OH NATURALEZA! Sabia, perfecta y vengativa, ya que los humanos somos tan permisivos, tolerantes y hasta amistosos con los depredadores de niños, haz tu santa voiluntad y cobranos a todos por igual!
Amén....................
** LOS CRIMENES SEXUALES CONTRA NIÑOS Y NIÑAS DEBEN SER TRATADOS COMO DE LESA HUMANIDAD, así pueden ser denunciados ante la Corte Penal Internacional, si la justicia de cualquier país no es lo suficientemente responsable y contundente, que se los lleven a pagar las penas a colonias, islas, haciendas, donde estén totalmente aislados de cualquier niño o niña, esta plaga no tiene remedio, cuando lo entenderán?
Otra puerta que se abre a la impunidad, otro eslabón en la cadena de proscritos que están sumándose a la lucha por la legalización de la pornografía infantil y la tolerancia por la pedofilia, y tiene un solo foco, no es casual, es una maquinaria que poco a poco va sumando, y lo lograrán, a vistas del Ibérico indignado, juro que lo lograrán!
UICH!!! Es que me da una piedra tener que divulgar estas noticias que dan pena!