¡VERGUENZA! VERGUENZA!! VERGUENZA!!! VERGUENZA!!!! VERGUENZA!!!!!
EL NUEVO ORDEN MUNDIAL
DESDE TRIBUNALES ARGENTINOS:
No llores por mi, Argentina.......
Fuente Ref: Teología del Pederasta.
1800 años de impunidad celestial.
Romanos 3:28
"Afirmamos por lo tanto que el hombre se justifica por la fe con independencia de las obras que manda la ley"
Fuente Original losandes.com.ar
El Tribunal Oral Criminal N 1 de Morón resolvió dejar en libertad a Julio César Grassi y por primera vez le prohíbe al cura, condenado en segunda instancia a 15 años de prisión por abusar sexualmente de un joven de la Fundación Felices los Niños, ingresar a la institución.
En la resolución a la que tuvo acceso Télam hoy, el TOC N1 de Morón dispuso "no hacer lugar, por improcedente, a la revocación de la libertad vigilada o alternativa de la prisión preventiva, ni a la detención de Julio César Grassi, invocadas por el representante del Ministerio Público Fiscal y los letrados (Sergio Piris y Juan Pablo Gallego) por los motivos expuestos".
El TOC N1 está hoy integrado por Luis María Andueza, Mario Daniel Gómez y Julio Cesar Báez, este último en reemplazo del juez Carrera, que recientemente se jubiló.
La resolución de la causa refiere al artículo 371 del Código Procesal Penal, que establece que no resulta un imperativo la detención del imputado ante la imposición de una condena de efectivo cumplimiento, no firme.
En el punto II de la declaración, se ordena "mantener en libertad a Julio César Grassi, en las mismas formas y condiciones otorgadas (...) hasta tanto la sentencia dictada por este tribunal el 10 de junio del 2009 se encuentra firme, en autoridad de cosa juzgada".
En los considerandos de la resolución, el TOC N1 establece que "la destrucción del estado de inocencia y el consecuente encierro efectivo del encausado sólo puede operar habiéndose agotado la totalidad de instancias ordinarias y extraordinarias".
Los jueces señalan que, con estas instancias, "la ley procesal y los pactos internacionales consagran el derecho del encausado a recurrir la sentencia adversa, oportunidad en la que cosa juzgada estabiliza las relaciones procesales, y habilita, recién allí, la eventual aprehensión del encausado".
Asimismo, se alude a la Constitución Nacional que "consagra categóricamente el derecho a la libertad física y ambulatoria e impone el deber de considerar y tratar a todo individuo como inocente hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme".
En tanto, señala que la Carta Magna obliga a "descartar que toda restricción de la libertad del imputado durante el proceso debe poseer como fundamento la existencia de riesgos procesales concretos; esto es, peligro de fuga o entorpecimiento de las investigaciones".
El ítem III de la resolución el tribunla dispone que "Grassi continúe con el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas, bajo apercibimiento, que consisten en presentarse el primer día hábil de cada mes ante el juzgado, en mantener el domicilio real en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y fuera de cualquier sede o dependencia de la Fundación Felices los Niños.
También le prohíbe ausentarse de su domicilio por un lapso mayor a las 24 horas y emigrar de la República Argentina sin autorización judicial y tener contacto con alguna persona menor de edad, en lugar cerrado y a solas.
Además, le impide acercarse, referirse públicamente y comunicarse intencionalmente con las víctimas y con cualquier otra persona intímamente vinculadas a ellas.
En tanto, expresamente le prohíbe a Grassi ingresar a la Fundación Felices los Niños, en cualquiera de sus sedes o dependencias, en ningún tipo de horario y bajo ningún concepto, bajo apercibimiento de proveer lo que por derecho corresponda.
La resolución del TOC N1 fue emitida el viernes pasado en respuesta al pedido de los fiscales Alejandro Varela y Carolina Rodríguez, y de Sergio Daniel Piris, en representación de "Gabriel", y de Juan Pablo Gallego, como apoderado del CASACIDN para que se procediera a la inmediata detención de Grassi, tras el fallo del 14 de septiembre pasado, cuando la Sala II del Tribunal de Casación Penal Provincial, confirmó la condena.
La Cámara de Casación ratificó la condena a Grassi por pedofilia
ResponderEliminar17:06 Lunes Septiembre 2010
La sala II de la Cámara de Casación Penal bonaerense ratificó el fallo dictado en 2008 que condenó a 15 años de prisión al titular de la Fundación Felices los Niños por abuso sexual y corrupción agravada de menores. Sin embargo, seguirá en libertad hasta que la sentencia quede firme.
Por Federico Trofelli
“Obviamente nosotros hubiéramos preferido que se hubiera hecho lugar al recurso acusatorio pero no deja de ser satisfactorio que se haya confirmado la condena que viene a demostrar el resultado de un largo camino que emprendimos hace 8 años”, explicó el fiscal general de Morón, Federico Nieva Woodgate, en diálogo con el programa radial de El diario en FM Entránsito (93.9 Mhz).
La primera sentencia contra el cura se dictó el 10 de junio de 2009. Se trató del juicio más largo de toda la historia del Departamento Judicial de Morón donde desfilaron más de 130 testigos. La decisión del Tribunal Oral N° 1 fue unánime: culpable por tres hechos abuso y corrupción de los 17 que se le imputaban.
Tanto la parte acusadora –que había solicitado 37 años de prisión-, como la defensa se presentaron en Casación para revisar el fallo. “Se había pedido que se revocara las absoluciones por los otros hechos, se aumentara la pena y se dispusiera la prisión preventiva inmediata. No se hizo lugar a ninguno de esos reclamos pero también se rechazó el recurso de la Defensa con lo cuál se confirmaron los 15 años de prisión”, indicó Woodgate al tiempo que se lamentó: “También se dispuso que siguiera en libertad vigilada hasta que quede firme la sentencia”. Es que el Tribunal de alzada determinó que no le corresponde expedirse sobre esa cuestión.
Hoy, el cura cuenta con “las restricciones impuestas originalmente por la Justicia de Garantías que son la imposibilidad de estar a solas con niños, no poder entrar a la Fundación sino está acompañado y la presentación más o menos regular al Tribunal”, agregó el fiscal general. El funcionario judicial aclaró también que actualmente rige una resolución de la Secretaría de Minoridad de la Provincia que le prohíbe el ingreso a la Fundación.
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